Documento de Venta de Vehículo

No. 144

DOCUMENTO DE VENTA DE VEHICULO

Yo, __________ (identificarlo), por medio del presente Documento decla­ro: Que por el precio de __________ bolívares (Bs. ) que he recibido del comprador en dinero efectivo a mi entera y cabal satisfacción, doy en venta pura y simple, perfecta e irrevocable al señor __________, (identifi­carlo) un vehículo de mi propiedad, marca __________, modelo __________, tipo__________, color __________, __________ puertas, capacidad de __________ puestos, se­rial del motor No. __________, serial de la carrocería No. __________, __________ peso Ki­logramos, clase __________, placa __________, registrado en la Ministerio de Transporte y Comunicación (SETRA) bajo el No. __________, de fecha __________. El vehículo vendido me pertenece, según consta en el Documento referido y nada debe por Impuestos, estando libre de todo gravamen. Con el otorgamiento de este Documento, transfiero al comprador la plena propiedad y legí­tima posesión del vehículo vendido y me obligo al saneamiento de Lev. Y yo __________ antes identificado, declara: Que acepto la venta que se me hace del automóvil anteriormente identificado, en los términos y con­diciones expresadas. Este Documento será Autenticado en una Notaría Pública de esta ciudad, según convenio de ambas partes. (Lugar y fecha).

Firmas.


NOTA:           “Si el vehículo no es vendido en efectivo, al hablar del precio convenido, se debe espe­cificar la forma de pago del resto del valor de esa venta, si es que en el acto de la misma se reci­be algún dinero. 

De ser así, la redacción debe hacerse en la forma siguiente: El precio de esta venta es la cantidad de       Bolívares (Bs. ), de la cual el comprador me entrega en este acto, en dinero efectivo a mi entera y cabal satisfacción, la cantidad de      bolívares (Bs.) comprometiéndose a cancelar el saldo o sea la cantidad de        Bolívares (Bs.     en pagos consecutivos de a       bolívares (Bs. ) cada uno, respaldados por     letras de cambio sin aviso ni protesto, con vencimientos mensuales y consecutivos, a partir de la fecha      conviniéndose expresamente que la falta de pago a su presentación y vencimiento de dos (2) letras de cambio, hará la obligación como de plazo vencido, teniendo el vendedor el derecho a exigir su cancelación total e inmediata”.

NOTA:           Si el comprador o el vendedor, es casado, se debe estampar la autorización del o de la cónyuge de acuerdo con nuestro vigente Código Civil recién reformado, siguiendo la redacción de la Nota correspondiente al modelo 73 de este mismo Libro.