No. 113
CONTRATO DE UN ARRENDAMIENTO DE UNA VIVIENDA
Entre _______ (identificarlo), quien en lo
adelante y para los efectos de este Contrato se denominará “EL ARRENDADOR” por
una parte y por la otra ______ (identificarlo), quien en lo sucesivo y para los
mismos efectos, se nominará “EL ARRENDATARIO”, se ha convenido en celebrar el
presente Contrato de Arrendamiento, regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL ARRENDADOR” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” la casa -
quinta denominada _______ ubicada en (detallar la dirección exacta) y de la cual es propietario,
según consta de Documento Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro _______en fecha _______, bajo el No _______, folio_____, Tomo ____ Protocolo ____.SEGUNDA: “EL
ARRENDATARIO” se obliga a utilizar dicha casa-quinta únicamente para habitar
con su familia y a no cambiar de ninguna manera. TERCERA: El canon de
arrendamiento mensual es la cantidad de _____bolívares (Bs.
), o sea la fijada por la Dirección de Inquilinato del Ministerio de Fomento,
mediante Resolución No _______de fecha _______. Este canon debe
ser pagado por EL ARRENDATARIO puntualmente al vencimiento de cada mes en la
casa de habitación de EL ARRENDADOR ubicada en (detallar la dirección exacta
del ARRENDADOR hasta que devuelva el Inmueble arrendado completamente
desocupado y en el mismo perfecto estado en que hoy lo recibe. “EL ARRENDADOR”
solicitará la desocupación judicial del Inmueble arrendado si “EL
ARRENDATARIO.. se atrasase en el pago de dos mensualidades consecutivas del
canon del arrendamiento en las oportunidades de sus respectivos vencimientos.
CUARTA La vigencia de este Contrato es de
__ años, contados a partir de la fecha de la firma de este contrato,
pero, si al vencimiento del término fijo, alguna de las partes contratantes no
hubiese dado aviso por escrito a la otra, expresando su propósito de dar por
resuelto este contrato a su vencimiento o el de las posibles prorrogas que
pueda sufrir el mismo, se considerará prorrogado automáticamente en pleno derecho,
por un término igual al establecido como término fijo. Este aviso debe darse
con el mínimo de un (1) mes de anticipación a los vencimientos que se acaban de
mencionar, haciendo constar que las prorrogas que pudiere sufrir este Contrato
se regirán por las estipulaciones que regulan el plazo fijo inicial. Quinta: Este Contrato se considera
rigurosamente celebrado “intuito personae” y es por lo cual que “EL
ARRENDATARIO” no podrá subarrendarlo, cederlo o traspasarlo en ninguna forma
total ni parcialmente, bajo pena de nulidad y “EL ARRENDADOR” podrá resolver
este Contrato de pleno derecho, exigiendo la inmediata desocupación del
Inmueble, con todos los demás pronunciamientos de Ley y no reconocerá como
arrendataria a ninguna otra persona que ocupe el Inmueble, continuando “EL
ARRENDATARIO” como responsable de los alquileres y demás obligaciones
contraídas por él en este Contrato hasta su terminación, así como también de
los daños, perjuicios y gastos judiciales o extrajudiciales que se ocasionen
por razón de éste o cualquier otro incumplimiento de su parte. SEXTA: “EL
ARRENDATARIO” no podrá hacer ninguna alteración ni modificación en la
construcción del Inmueble arrendado, y si lo hiciere con consentimiento escrito
de “EL ARRENDADOR”, estas modificaciones o bienhechurias serían por su propia
cuenta, sin que “EL ARRENDADOR” tenga que indemnizarle nada por ellas, quedando
las mismas a beneficio del inmueble arrendado. “EL ARRENDATARIO” pagará por su
cuenta las reparaciones que necesite la casa-quinta, objeto de este Contrato,
durante la vigencia del mismo, tales como las pinturas y reparaciones de las
paredes, puertas, ventanas y techo, acondicionamiento sanitarios, lavaderos y
tuberías con sus adherencias, instalaciones hidráulicas, cuyos gastos no sobrepasen
de _______ bolívares
(Bs. ). Pagará también “EL
ARRENDATARIO” las reparaciones que ordenase la Sanidad Nacional y de las cuales
tenga conocimiento por medio de “EL ARRENDADOR”, haciéndose cargo de las
sanciones “EL ARRENDATARIO’, si es que tales fuesen impuestas por su no
ejecución. Y también pagará “EL ARRENDATARIO’ todo lo relativo al servicio de
gas, alumbrado y tuerza eléctrica, aseo urbano domiciliario y los derivados
del teléfono que responde al No _______. En cuanto al servicio de agua será prestado
por “EL ARRENDADOR” en la forma normal de acuerdo con los Reglamentos del
instituto de Obras Sanitarias y sus posibilidades, o de cualquier otra entidad
que supla dicho elemento. el exceso del mismo que resultare en la lectura de su
medidor será pagado por “EL ARRENDATARIO’. SEPTIMA: “EL ARRENDATARIO’ se
compromete a dejar ver la casa arrendada a la persona que “EL ARRENDADOR”
autorice, siempre a la hora hábil que lo determine. Así mismo se compromete a
no lijar ni permitir que fijen carteles de propaganda comercial o de otro
origen en la tachada del Inmueble arrendado. OCTAVA: “EL ARRENDATARIO” queda
obligado a poner en conocimiento de “EL ARRENDADOR” por escrito y con la mayor
urgencia, cualquier novedad dañosa o indicio de que pueda ser necesaria alguna
reparación mayor en él de no hacerlo, será responsable de los perjuicios que
ocasione su negligencia. NOVENA: Queda entendido y convenido entre las partes,
que si el Inmueble objeto de este Contrato, en razón de los trabajos de
urbanismo o por Decreto de Expropiación por causa de utilidad pública o social
de cualquier oficina gubernamental creada o que sc crease, aun cuando sea de
los denominados Organismos Autónomos, afectare con sus obras en forma
directa o indirecta el Inmueble en cuestión y que “EL ARRENDADOR” o
propietario se viera obligado a enajenar, disponer, derribar o gravar dicho
inmueble y pedir su desocupación, este Contrato quedará resuelto de pleno
derecho sin que “EL ARRENDATARIO” pueda reclamar a “EL ARRENDADOR’ ni a terceros
ninguna clase de indemnización, aún cuando efectivamente se le cause daño o
perjuicio a “EL ARRENDATARIO” por tales circunstancias o a las personas que
ocupen dicho Inmueble, así como tampoco podrá retener el pago de los cánones
de arrendamiento estipulado ni dejar de pagar los mismos. por el hecho de que
las Autoridades pidan desalojo de la casa-quinta arrendada antes del
vencimiento del término convenido. DECIMA: Si al finalizar este Contrato. “EL
ARRENDATARIO” no entregase completamente desocupado el Inmueble objeto de este
arrendamiento, indemnizará a “EL ARRENDADOR” con el pago de _______ (Bs. ) por cada día de demora en dicha
entrega. Así mismo se compromete a pagar por concepto de cláusula penal, por
cada día que ocupe la casa cualquier persona distinta a él o a su familia, la
misma cantidad que se acaba de anotar. DECIMA PRIMERA: “EL ARRENDADOR” no será
responsable de los daños y perjuicios que pueda sufrir “EL ARRENDATARIO” o las
personas que habiten la casa—quinta arrendada, por concepto de deterioro.
ruina o incendio producido en dicha casa - quinta, ni por las perdidas o robo
que sufra “EL ARRENDATARIO’’ en el Inmueble arrendado. DECIMA SEGUNDA: “EL
ARRENDATARIO” contratará por su propia cuenta y riesgo los servicios de
electricidad, gas, teléfono, etc., sin fue “EL ARRENDADOR” contraiga
responsabilidad por la interrupción parcial o total de tales servicios, ni
siquiera cuando dichas interrupciones se debiesen a defectos en las
instalaciones, medidores, tuberías y artefactos de cualquier clase de la
casa-quinta arrendada. DECIMA TERCERA:
“EL ARRENDATARIO” conoce y declara
expresamente que no podrá atribuirse ni invocar derechos en razón de la
plusvalía que pudiera tener la casa-quinta arrendada para cualquier causa que
fuese. DECIMA CUARTA: El incumplimiento de una o cualesquiera de las
obligaciones que por medio de este Contrato o por la Ley contrae “EL
ARRENDATARIO”, da derecho a “EL ARRENDADOR’ a dar por resuelto el mismo en
pleno derecho, mediante Declaración de Incumplimiento, exigiendo la inmediata
desocupación del inmueble e intentando las acciones legales, civiles y penales
a que hubiese lugar y “EL ARRENDATARIO” quedará obligado al pago íntegro de los
cánones de arrendamiento correspondiente al plazo que en el momento de la
recepción del Inmueble estuviesen insolutos y los que faltasen hasta el
vencimiento del término de este Contrato. También podrá ejercer este derecho
“EL ARRENDADOR”, si “EL ARRENDATARIO” sufriere medida judicial preventiva
contra cualquiera de sus bienes que no sea suspendida en el transcurso de días o si estuviere en estado de
suspensión de pago y no conste Resolución Judicial o si se hubiese solicitado
por ante los Tribunales o se decretare su estado de quiebra o mora, o si “EL
ARRENDATARIO” cediese o traspasase la mayoría de sus bienes a favor de sus
acreedores o quedase insolvente o si, en caso de desaparición, ausencia o
insolvencia del fiador, “EL ARRENDATARIO” no lo sustituye por otro a
satisfacción de “EL ARRENDADOR” en el término de una semana a partir de la
fecha de esa desaparición’. ausencia o insolvencia. DECIMA QUINTA: Las partes
declaran respetar las estipulaciones de este Contrato y lo que no esté previsto
en ellas, regirse por lo que reglamenta el Código Civil y las Leyes de la materia,
eligiendo ambas a la ciudad _______, como domicilio especial a la jurisdicción
de cuyos Tribunales declaran someterse. Y yo_______
(identificarlo) procediendo en mi propio nombre y en mi carácter de _______
de la Empresa _______domiciliada en
esta ciudad e inscrita en el Registro Mercantil de la _______Circunscripción
Judicial, en fecha bajo el No , Tomo y suficientemente autorizado por sus
Estatutos, para este otorgamiento, declaro: Que me constituyo personalmente y
constituyo a mi representada en fiadores solidarios y principales pagaderos de
todas y cada una de las obligaciones que por este Contrato contrae el
“ARRENDATARIO” señor arriba
identificado, o sus herederos o causahabientes, siendo entendido que esta
fianza quedara vigente durante el plazo fijo y las posibles prórrogas de este
Contrato y aun para el caso de que exista tácita reconducción o modificación
del canon de arrendamiento y hasta el momento mismo en que haya sido entregado
totalmente desocupado el inmueble arrendado por “EL ARRENDATARIO’ a “EL
ARRENDADOR” a plena satisfacción de éste. “EL ARRENDADOR” queda liberado de la
obligación que le impone el Artículo 1.833 del Código Civil vigente. Declaro
que también elijo con las partes contratantes, como domicilio especial la misma
ciudad de _______ en donde se hacen tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, a los días del mes de año
2000
“EL
ARRENDADOR”, EL
ARRENDATARIO
Firma Firma
Firma Firma
“EL FIADOR”
Firma y
teléfono
NOTA: Este Contrato se hace con base en cl
Código Civil en su articulado 1.579 a 1.616 a la Ley dc Regulación de
Alquileres y su Reglamento y al Decreto sobre desalojo de vivienda y su
Reglamento.